La necesaria construcción de una democracia paritaria para el Derecho Privado : la igualdad de género en los consejos de administración de las sociedades cotizadas [recurso electrónico en línea]
Material type: ArticleSubject(s): Derecho constitucional | Igualdad de género | Democracia paritaria | Entorno social | CuotasOnline resources: Click here to access online | Consultar articulo completo In: Femeris : revista multidisciplinaria de estudios de género Vol. 5, no. 2 (2020), p. 194-214Abstract: El trabajo que se presenta trata de buscar argumentos en favor de extender la democracia paritaria, concepto surgido del Derecho Público, al ámbito social y económico. Sólo la equiparación igualitaria entre mujeres y hombres puede superar la vulneración de derechos humanos a que se está sometiendo a la mitad mayoritaria de la población y, lograr así, el aprovechamiento máximo de los conocimientos y aptitudes de la sociedad. Así pues, la idea es superar la infrarrepresentación femenina en los consejos de administración de las sociedades cotizadas, vinculando el papel de estas y su actuación en los mercados en relación con la toma de decisiones en el poder político, cada vez más sometidas directa o indirectamente al poder de los mercados. El desarrollo del Estado Social y Democrático de Derecho, más allá de lo público, puede materializar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, adoptando una concreta medida de acción positiva: sistema de cuotas. En definitiva, se presenta una justificación constitucional para la necesaria adopción de dichas políticas, formulando una democracia paritaria para el Derecho Privado y una revisión normativa a modo de lege ferenda.Item type | Current library | Collection | Call number | URL | Status | Date due | Barcode | Item holds |
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Artículo Electrónico | Bib. Gregorio Torres Quintero En línea | Acceso abierto | Link to resource | Available |
Acceso abierto
El trabajo que se presenta trata de buscar argumentos en favor de extender la democracia paritaria, concepto surgido del Derecho Público, al ámbito social y económico. Sólo la equiparación igualitaria entre mujeres y hombres puede superar la vulneración de derechos humanos a que se está sometiendo a la mitad mayoritaria de la población y, lograr así, el aprovechamiento máximo de los conocimientos y aptitudes de la sociedad. Así pues, la idea es superar la infrarrepresentación femenina en los consejos de administración de las sociedades cotizadas, vinculando el papel de estas y su actuación en los mercados en relación con la toma de decisiones en el poder político, cada vez más sometidas directa o indirectamente al poder de los mercados. El desarrollo del Estado Social y Democrático de Derecho, más allá de lo público, puede materializar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, adoptando una concreta medida de acción positiva: sistema de cuotas. En definitiva, se presenta una justificación constitucional para la necesaria adopción de dichas políticas, formulando una democracia paritaria para el Derecho Privado y una revisión normativa a modo de lege ferenda.
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