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035 _aUPN01000205629
049 _aART
100 1 _aRotta Soares, Ana Luisa
222 0 _aREVISTA DE ESTUDIOS DE JUVENTUD
245 0 0 _aJóvenes y nuevas tecnologías :
_bel futuro de los derechos humanos
260 _aESPAÑA
300 _a79-90
362 0 _a2015 Número 107, marzo
520 _aCuando se aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) el 20 de noviembre de 1989 la sociedad de la información no era todavía una realidad social. La Convención no podría prever el enorme impacto que las nuevas tecnologías tendrían en la vida de los niños y niñas de todo el planeta. Muchos de los derechos enumerados en la Convención tienen un reflejo muy importante en lo que es la vida y el mundo virtual de los niños de hoy en día. Lamentablemente, la tecnología también ha facilitado muchas veces la práctica de delitos contra la infancia y ha empeorado en muchos sentidos su protección contra determinadas situaciones. El siguiente artículo explorará la importancia social de la Convención sobre los Derechos del Niño y su situación actual en un mundo dominado por las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs). Además, analizará algunos de los artículos incluidos en la CDN relativos a derechos garantizados a los niños y niñas, y que tienen un reflejo específico en el mundo virtual. Por otra parte, se examinarán las oportunidades disponibles a la infancia y juventud con el acceso a la sociedad de la información y la necesidad de fomentar la alfabetización mediática digital para que las nuevas generaciones puedan gozar plenamente y de forma efectiva de todos sus derechos. Finalmente, se abordarán los riesgos relacionados al contenido que surgen con el uso de las nuevas tecnologías y la importancia de prevenir y manejar esos riesgos a través de iniciativas que involucren diferentes segmentos de la sociedad
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